Separaciones y divorcios con animales
¿Tienes un animal junto a tu pareja y quieres terminar esa relación pero no sabes que va a ser de tu fiel compañero?¿ Has roto con tu pareja y no te deja ver a tu animal? Si te encuentras en esta situación no te preocupes, ponte en contacto conmigo para poder asesorarte y buscar la mejor solución para ti y tu animal.
En el año 2021 entró en vigor la reforma del Código Civil que cambió el régimen jurídico de los animales, por lo que pasaron de ser considerados “ bienes mueble o cosas” a seres dotados de sensibilidad.
Desde entonces son considerados miembros de la familiar, lo que ha provocado que se incorporen nuevos preceptos en este cuerpo legal donde se establece la posibilidad de determinar un reparto en la tenencia de animales siempre en base del bienestar animal, cuando haya una ruptura de pareja y se tengan animales en común.
Esto quiere decir, que dependiendo del caso en el que nos encontremos se puede optar por una custodia compartida del animal o una custodia única con un régimen de visitas a favor de la otra parte.
En caso de los divorcios basta con añadir una clausula en el convenio regulador donde se especifique el tipo de custodia que se va a establecer para el animal.
Mi papel como abogada especialista en derecho Animal es el de estudiar tu caso y encargarme de todo lo necesario para poder conseguir una custodia según tu interés y sobre todo en base al bienestar del animal,
Al ser amante de los animales y además, tener el privilegio de compartir mi vida con ellos, conozco de primera mano el vinculo que se crea entre los animales y nosotros, por ello me involucro al máximo para conseguir el éxito en tus necesidades.
Tipos de casos que nos podemos encontrar y qué elementos debemos tener en cuenta
Personas que están casadas
- Si el animal fue adquirido antes del matrimonio o durante
- Si se tienen hijos en común
- Quién ha sufragado los gastos de manutención y veterinarios
- Tipo de régimen económico del matrimonio
- Si se tienen hijos en común
Personas registradas como pareja de hecho
- Si el animal fue adquirido durante la convivencia
- Si fue adquirido antes o después del registro de la pareja de hecho
- Quién ha sufragado los gastos de manutención y veterinarios
- Tiempo que lleva el animal conviviendo con ambos
- Si se tienen hijos en común
Personas no casadas ni registradas como pareja de hecho
- Si el animal fue adquirido antes o durante la convivencia
- Persona que lo ha adquirido
- Quién ha sufragado los gastos de manutención y veterinarios
- Destino del animal una vez finalizada la relación sentimental
- Vinculo del animal con ambas personas
Preguntas frecuentes
¿Es determinante para la custodia el titular del microchip?
El microchip es un elemento que determina la titularidad pero no el único. Se tienen que tener en cuenta otros factores, como el modo de adquisición, el tiempo, el mantenimiento del animal y el vínculo. En nuestro País solo se puede incorporar un único propietario en el microchip, por lo que la jurisprudencia no lo establece como determinante para las custodias
¿En qué consiste la custodia compartida?
Es el reparto del animal entre la pareja. Es similar a la que se establece para los menores y puede ser semanal, quincenal e incluso mensual, dependerá de casa caso.
¿Se puede optar la custodia compartida para cualquier animal?
La legislación establece que el reparto se podrá realizar para cualquier animal de compañía. Normalmente suele solicitarse para perros y gatos. Es más común que se conceda para perros, ya que los gatos suelen tener problemas de conducta y salud, como puede ser ansiedad a los cambios de rutina y no suele ser favorecedor para ellos.
¿Si he convivido con el animal tengo derecho a una custodia?-
rEl simple hecho de convivir con el animal no da derecho a un reparto del tiempo del animal. Se tiene que poder probar que existe una copropiedad del animal o por lo menos una correspondabilidad asumida durante un largo periodo de tiempo.
Por lo que si por ejemplo, el animal pertenece a tu ex pareja antes de la convivencia, es complicado que puedas optar a una custodia, a no ser que la única persona que esté asumiendo los deberes como tutor del animal fueses tu.
¿Mi ex pareja no me deja ver al animal que hago?
Si te encuentras en esta situación, no te preocupes, ponte en contacto conmigo para que pueda valorar tu caso y pueda ayudarse a conseguir la tenencia del animal.
RESPONSABLE: Comin & Arévalo Abogados, S.L.P. FINALIDAD: contestar a las consultas, gestión de clientes LEGITIMACIÓN: consentimiento del interesado y ejecución de contrato, DESTINATARIOS: no se ceden los datos, salvo asesor, y lo que la ley lo disponga, DERECHOS: Puede ejercitar sus derechos de Acceso, Rectificación y Supresión de los datos, así como otros derechos, como se explican en nuestra política de privacidad, en la dirección de info@comarabogados.es o en dirección Avenida César Augusto nº3, 5ºC – 50004 Zaragoza (España) INFORMACIÓN ADICIONAL: Puede obtener más información sobre como tratamos sus datos personales en nuestra política de privacidad.
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